Servicio de búsquedas, mensajes y restablecimiento de lazos familiares

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  1. Servicio de búsquedas
  2. Servicio de transmisión de mensajes

Servicio de búsquedas

Antecedentes

 

Servicio de búsquedasEl Servicio de Búsquedas de Cruz Roja, nació casi paralelo al Servicio de Asistencia Sanitaria; exactamente seis ó siete años después. Fue en la Guerra Franco-Prusiana (1870-1871), cuando un médico suizo que atendía a los heridos de Basilea contempló la necesidad de establecer una relación entre los enfermos y sus familias indistintamente del bando al que pertenecieran. Este médico consideró que no era suficiente curar las heridas físicas, sino que también era necesario el apoyo moral, restableciendo el contacto familiar.

Su iniciativa condujo al Comité a abrir una Oficina de estas características. Esta oficina se llamó «Agencia de Basilea» y consiguió por primera vez en la historia, proporcionar a las familias noticias de sus parientes caídos en manos del bando contrario.

En la primera de las reglas fundamentales del derecho internacional humanitario, aplicable en los conflictos armados, se determinó que:

“Las personas puestas fuera de combate y las que no participaban directamente en las hostilidades, tienen derecho al respeto de su vida y de su integridad física y moral.”

En 1887, en la Guerra Ruso-Turca, se fundó la «Agencia de Trieste», cuya única finalidad consistía en la atención de heridos y enfermos.

En 1912-1913, durante la Guerra de Los Balcanes, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) instaló en Belgrado una «Agencia Internacional» para ayudar a los heridos y prisioneros.

Durante la Primera Guerra Mundial (1914-1918) dicha Agencia fue la principal preocupación del CICR. En aquel momento se denominaba «Agencia Internacional de Prisioneros de Guerra», y tenía a su cargo la administración del correo, que llegó a alcanzar la cifra de 18.000 casos diarios.

En 1919 se instituyó un Servicio de Búsquedas al margen de la Agencia Internacional de Prisioneros de Guerra, que colaboró con la Oficina Nansen para los Refugiados.

En los Convenios de Ginebra de 1929, se prevé el funcionamiento de la Agencia Central de Prisioneros de Guerra.

En 1939, al comenzar la Segunda Guerra Mundial, la Agencia abrió de nuevo sus oficinas, no habiendo cesado desde entonces en sus actividades.

Fue en 1960 cuando esta Agencia Internacional de Prisioneros de Guerra pasó a denominarse «Agencia Central de Búsquedas». En la actualidad envía sus propios delegados para solucionar los problemas in situ.

La actividad de Servicio de Búsquedas no ha cesado desde su inicio, ampliando con el tiempo su campo de acción, ocupándose tanto de militares, de civiles, de búsquedas originadas por conflictos armados así como de búsquedas de origen social.

Número de casos

Definición

Denominamos Proyecto de Búsquedas al desarrollo de aquellas acciones o actividades que tienen por objeto restablecer el contacto, entre las familias y/o amigos/as, que ya sea por causas políticas, catástrofes naturales, problemas derivados de la Inmigración, problemas sociales, etc. han roto su vínculo de relación.

Personas involucradas

Objetivos

  • Atenuar el sufrimiento moral y tranquilizar e informar a los familiares o amigos que tienen una persona desaparecida.
  • Buscar y localizar a familiares o amigos de los que por diversas causas se desconoce su paradero.
  • Restablecer la comunicación entre los familiares o amigos que habían perdido su vínculo de relación.

Búsquedas: distribución geográfica del número de casos según destino

Búsquedas: distribución geográfica de casos según su origen

Normas para las búsquedas

  1. Se estudiarán y analizarán, de forma pormenorizada todas las demandas y las características de cada caso y el trámite a seguir.
  2. No se admitirán las solicitudes de aquellas personas cuya desaparición haya tenido lugar recientemente. Entre la desaparición y la demanda del servicio debe haber transcurrido un período mínimo de seis meses.
  3. De forma excepcional y sólo por las características específicas del algún caso se pueden atender búsquedas sin cumplir este requisito.
  4. Tampoco debe aceptarse las solicitudes sin ningún punto de partida que nos permita iniciar las gestiones. Así como aquéllas que no hayan agotado todos los recursos normalizados que tengan a su alcance (policía, consulados, etc.).
  5. Se debe informar al demandante que deberá comunicar al Servicio de Búsquedas cualquier noticia posterior, al inicio de la apertura del expediente, que tuviera de la persona buscada.
  6. De forma general, no se deben admitir las búsquedas por motivos:
    • Económicos (herencias, deudas…).
    • Familiares privados (árbol genealógico…).
  7. Si la solicitud se rechaza, se debe asesorar al solicitante sobre otros recursos existentes y derivar el caso, si esto fuera posible.
  8. Toda búsqueda se iniciará rellenando y firmando los solicitantes el Impreso Homologado de Búsquedas (1,2 MB en formato PDF). No se puede aceptar ninguna demanda que no venga en este impreso. Aunque con el avance de la tecnología y las nuevas herramientas que ésta pone a nuestra disposición, se admitieran también búsquedas que llegan a través del correo electrónico, siempre que se advierta que no se garantiza la confidencialidad del medio y el uso que por parte de terceras personas puedan hacer de la demanda y que contengan toda la información requerida.
  9. Es importante que el impreso se rellene con el máximo de datos que se tengan de la persona que se desee localizar y que se haga con letra muy clara. Un error en un apellido o dirección puede llevar al fracaso de una acción.
  10. En el impreso debe constar el motivo de la búsqueda (y éste siempre tiene que tener un motivo HUMANITARIO), rechazando las que no respondan al perfil anteriormente definido.
  11. Toda búsqueda requiere un análisis previo y detenido con el fin de iniciar las gestiones y actividades adecuadas a cada caso. Se informará a los demandantes del proceso que se va a seguir, los Principios por los que nos guiamos y las posibilidades que se tienen de éxito o fracaso del Servicio para que no se generen unas expectativas que no se van a poder realizar.
  12. Abriremos un expediente de cada caso iniciado, en el que guardaremos fotocopia del impreso de búsqueda —si lo remitimos a la Oficina Central o a otra Oficina Provincial de Cruz Roja—; y todos los informes o documentos relacionados con el caso.
  13. Si la búsqueda es internacional se remitirá el original de la solicitud a la Oficina Central. Si es de ámbito estatal, se remitirá a la Oficina Provincial correspondiente.
  14. Si en tres ó cuatro meses no se tiene ninguna información al respecto, se demandará por escrito información.
  15. Una vez que nos informen del resultado de la búsqueda, éste se comunicará por escrito a los solicitantes. Puede suceder que nos digan que la persona se ha trasladado a otra provincia o país, correspondiendo entonces enviar a la Oficina Provincial o a la Oficina Central, una carta explicando los hechos y adjuntando fotocopia del impreso de solicitud y del material que inicialmente hayamos aportado.
  16. Se cerrará el expediente o bien por localización de la persona buscada o porque nos comuniquen que no se ha podido localizar. También se cerrará el expediente si en doce meses no nos ha llegado ninguna respuesta satisfactoria.
  17. Comunicaremos a todas las Oficinas Provinciales o Sociedades Nacional con las que nos hayamos relacionado, la cancelación del expediente.

Búsqueda de orígenes

La búsqueda de orígenes, es decir de la familia biológica, ya sea el padre, la madre o los/as hermanos/as, constituye una demanda cada vez más importante en nuestro Servicio.

En nuestro país este fenómeno está relacionado, por una parte con el proceso emigratorio de los años 60, en el que muchos/as españoles/as fueron a trabajar a otros países; y por otro con la llegada —a partir de los años 70— de turistas a nuestras costas.

La experiencia ha demostrado que todo individuo necesita del conocimiento de su pasado para poder construirse un futuro claro. Es muy importante para el equilibrio psicológico de la persona conocer sus orígenes y poder referirse a ellos.

Se trata de una demanda en la que habrá que trabajar tanto con el solicitante, para que vaya controlando su ansiedad y sus expectativas, y asuma —en caso de encontrar a la persona buscada— su decisión aún cuando ésta sea no darse a conocer. Como con la persona buscada en el supuesto que se localice.

Hay que tener en cuenta que en la mayoría de los casos habrán constituido una nueva familia que ignorará la existencia del demandante (incluso, en muchos casos también lo ignorará la persona buscada).

Perfil de los usuarios y usuarias

  • Se determina como usuario/a a cualquiera de los miembros de una familia que tenga a un integrante de la misma desaparecido.
  • Se tendrán también en cuenta las solicitudes de amigos —suficientemente justificadas— y siempre que puedan demostrar razones humanitarias.

Evolución del número de casos 2003-2006

Evolución del número de usuarios 2003-2006

Protocolo

A. Labor de la Oficina Central de Cruz Roja Española

Corresponde a la Oficina Central tramitar, realizar el seguimiento y clausurar las búsquedas que proceden o tienen su destino en el exterior del país.

B. Oficinas Provinciales

Les corresponde la tramitación, seguimiento y cierre de todas las búsquedas de ámbito estatal que les lleguen desde otras Oficinas Provinciales y de aquellas que sean demandadas por la Oficina Central.

C. Metodología de Intervención Directa

  1. Abrir expediente.
  2. En el supuesto que indiquen una dirección, nos desplazaremos al lugar indicado para comprobar si reside allí la persona buscada.
  3. Si no hay dirección o en la dirección incluida no nos dan señales de esta persona, tendremos que utilizar todos los RECURSOS disponibles para la localización.
  4. Colaboraciones y Recursos:
    Exponemos una relación de recursos, divididos en dos grupos: 

    • Familiar
    • Institucional

Estos recursos se utilizarán considerando los antecedentes del caso y la información que se obtenga sobre el posible paradero de la persona buscada.

  1. De índole familiar
    La visita a la última dirección conocida es la primera gestión a realizar. De ahí se parte hacia parientes, amigos, conocidos lugares donde haya trabajado, negocios, domicilios anteriores y posteriores, etc.
  2. De índole institucional
    Este grupo se divide en dos subgrupos: 

    1. Organismos gubernamentales:
      • Embajadas y Consulados.
      • Ayuntamientos y Juntas Municipales de Distrito.
      • Instituto de Estadística (empadronamiento).
      • Documento Nacional de Identidad.
      • Instituto de Emigración.
      • Dirección General de Tráfico.
      • Registro Central (nacimientos, fallecimientos).
      • Brigada General de Documentación (antecedentes penales, prisiones), como último recurso.
      • Seguridad Social.
    2. Organismos no gubernamentales:
      • Hospitales públicos y privados (quirúrgicos, psiquiátricos, epidémicos).
      • Servicios funerarios y tanatorios.
      • Residencias de ancianos oficiales y privadas.
      • Colegios profesionales.
      • Casas de provincias y clubes de recreo.
      • Comunidades de recreo.
      • Comunidades religiosas.
      • Grupos étnicos.
      • Asociaciones y agencias benéficas.
      • Internacionales (reservados al Servicio Nacional):
        • UNICEF.
        • Amnistía Internacional.
        • Consejo Mundial de Iglesias.
        • ACNUR.
      • Nacionales:
        • Servicio de Extranjeros de Cruz Roja.
        • ACNUR (Delegación en España).
        • Servicio Social Internacional.
        • Otras ONG.

No hay duda de que existen otros muchos recursos no mencionados aquí. Puede haber diferentes recursos en cada provincia que resultaría muy útil conocer.

Las gestiones de las actividades de Búsquedas se llevarán a cabo directamente. La persona responsable del Servicio contactará directamente con la persona u organismo.

Los voluntarios/as que se dirijan a cualquiera de estos organismos deberán ir convenientemente identificados y con una carta de presentación por parte del Director/a de Intervención Social o del Servicio de Búsquedas, en el que se explique el motivo de las gestiones y con el ruego de que faciliten los datos.

Si se localiza a la persona deseada se le mostrará el impreso de la búsqueda y se le informará del caso, teniendo él mismo que dar su AUTORIZACION para que se facilite su dirección al/a los solicitante/s.

Tenemos que tener en cuenta que una vez localizada la persona puede:

  • Darse por enterado y autorizar que se dé su dirección.
  • Indicar que se da por enterado, pero que no quiere que se facilite su dirección.
  • No darse por enterado.

Cualquiera de estos supuestos deberá comunicarse a la Oficina Central y Oficinas Provinciales que han intervenido para dar por concluido el caso.

D. Búsquedas en situaciones de conflicto bélico o catástrofe natural

  1. En el primer caso se trabaja en colaboración y a través del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), que se ocupa de los aspectos jurídicos, estando autorizado para visitar prisioneros, facilitar documentos de viaje, transmitir mensajes de prisiones a sus familiares y viceversa, etc.
  2. En situaciones de catástrofe natural se trabaja en colaboración con la Sociedad Nacional de Cruz Roja / Media Luna Roja afectada, con la Federación Internacional de Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, y con la colaboración del CICR, si el caso lo requiere.
  3. A partir del Conflicto de los Balcanes, el CICR introdujo un nuevo sistema de búsquedas a través de una página web, diseñada específicamente para tal fin http://www.icrc.org/web/doc/siterfl0.nsf/htmlall/fl_home

Se advierte que no se garantiza la confidencialidad ni el uso que se pueda hacer de los datos que contenga esta información.

Transmisión de mensajes

Servicio de transmisión de mensajes

Antecedentes

El Convenio de Ginebra de 12 de Agosto de 1949, relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, en su art. 25, establece:

«Toda persona que está en el territorio de una parte en conflicto o en un territorio por ella ocupado, podrá dar a los miembros de su familia, dondequiera que se hallen, noticias de índole estrictamente familiar; podrá, igualmente, recibirlas. Esta correspondencia se expedirá rápidamente sin demoras injustificadas.»

Lo que en el año 1949 nació como un derecho, se había realizado desde los orígenes de la creación de la Agencia de Basilea, ya que los mensajes están estrechamente unidos con la actuación de Búsquedas.

Actualmente, los mensajes se transmiten principalmente en zonas de conflicto bélico, aunque no se excluye su envío a otras zonas (o personas) donde el intercambio de noticias sea imposible a través del correo o de los medios normalizados y siempre que haya un motivo HUMANITARIO.

Mensajes: distribución por país de origen

Mensajes: distribución por países de destino

Definición del proyecto

Denominamos proyecto de mensajes a aquellas actividades que se realizan con el fin de intercambiar noticias y atenuar la intranquilidad y sufrimiento que origina el no tener contacto entre los familiares.

Objetivos

  1. Intercambiar noticias donde sea imposible a través del correo convencional o de los medios ordinarios (teléfono, fax).
  2. Atenuar las situaciones de sufrimiento y ansiedad que origina el no tener noticias de familiares que residen en zonas de conflicto bélico o por distintos motivos están incomunicados.

Metodología

  1. Para la transmisión de mensajes se utilizarán única y exclusivamente los Impresos Homologados para la Transmisión de Mensajes (1,1 MB en formato PDF) confeccionados para tal fin por la Agencia Central de Búsquedas del Comité Internacional de la Cruz Roja, quienes únicamente tendrán la potestad de modificarlos y adecuarlos a las necesidades que marquen las distintas circunstancias.
  2. Siempre deberán ir firmados por el solicitante.
  3. Los impresos se harán por triplicado (valen las fotocopias, siempre que se vean bien). El original irá al destinatario, una copia se quedará en la Oficina Provincial correspondiente y otra se guardará en la Oficina Central.
  4. El mensaje se utilizará SI NO HAY otros medios de comunicación y hasta que se restablezcan los medios ordinarios.
  5. Únicamente se deben transmitir noticias de índole familiar y que no comprometan o pongan en peligro a su destinatario. Si no se cumple este requisito, la «censura» del país al que se dirigen los puede rechazar y devolver a su remitente o, simplemente, no hacerlos llegar a su destino.
  6. Se pueden —en algunos casos— adjuntar fotografías (una ó dos) siempre que en éstas se indique el nombre y número de identificación y siempre que en éstas no se reflejen símbolos (banderas, pancartas, uniformes, signos de victoria…) que identifiquen a alguna de las zonas del conflicto o situaciones que pudieran comprometer a sus destinatarios.
  7. Los datos de identificación del destinatario debe figurar de forma clara y completa. Un error en la identificación puede hacer fracasar la transmisión del mensaje.
  8. En caso de alfabetos diferentes en el país receptor del mensaje, se deberá escribir en las dos lenguas, tanto el país de origen como al que va dirigido.
  9. Si el mensaje va dirigido a un prisionero de guerra y tiene unos datos de identificación, éstos deberán figurar en el impreso.
  10. Se procurará la máxima rapidez en la gestión y tramitación.
  11. No se pueden enviar mensajes que no sean de carácter estrictamente familiar.
  12. No se puede enviar dinero ni paquetes de ningún tipo.

Como indicamos en el Programa de Búsquedas, el CICR, a partir del Conflicto de los Balcanes y con posterioridad, en el Conflicto de Irak, ha puesto en marcha una página web de búsqueda y envío de mensajes http://www.icrc.org/web/doc/siterfl0.nsf/htmlall/fl_home

El CICR advierte que no se responsabiliza del uso que se pueda hacer de los datos que contiene esta página ni garantiza la confidencialidad.

Resultado de los casos cerrados en 2006

Protocolo

  1. La Oficina Provincial donde se observe la demanda, remitirá a la Oficina Central los impresos con los mensajes que se quieran transmitir.
  2. La Oficina Central enviará estos impresos:
    • A la Agencia Central de Búsquedas con sede en Ginebra.
    • A la Delegación de la Agencia Central de Búsquedas del país en conflicto.
    • A la Sociedad Nacional correspondiente (sólo en casos especiales).
  3. Una vez recibido el mensaje, el receptor lo contestará en el apartado destinado a tal fin, entregándole la contestación de nuevo a Cruz Roja para que en el proceso inverso lo haga llegar a su destinatario.
  4. Si el destinatario no quiere transmitir ninguna contestación se notificará al remitente que se ha transmitido el mensaje pero que éste no tienen contestación.
  5. Por último si no se localiza al destinatario, el mensaje se devuelve indicando el motivo.
  6. En caso de desastre natural, también se podrán utilizar mensajes para poner en contacto a persona incomunicadas, siempre que así lo estipulen los coordinadores de emergencia.
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